martes, 28 de julio de 2015

LISTADOS 108 A Y 108 B - 2015/2016

Secretaría de Asuntos Docentes informa el Cronograma de las Acciones Estatutarias correspondientes a los Listados 108 A (ampliatorio) y 108 B (complementario).
·                     Difusión: Desde el 03-08 al  07-08-15
·                     Inscripción Desde el 10-08 al  04-09-15
·                     Exposición de Listados Desde el 02-11 al 13-11-15
·                     Recepción de Reclamos Desde el 02-11 al 30-11-15

LISTADO 108 A:
Podrán acceder en este listado, todos los aspirantes que, si bien reúnen las condiciones previstas para el Listado Oficial de  Ingreso a la  Docencia (Art. 57º del Estatuto del Docente),   no se  hubieran  inscripto en el mismo en tiempo y forma, por distintas causales.
Este Listado está abierto para todos los niveles y modalidades de la Educación.
Documentación a presentar:
· Planilla de Declaración Jurada, 1 original y 2 copias (planillas de inscripción de Ingreso a la Docencia)
· Fotocopia de DNI, anverso y reverso.  Si la fecha de emisión del mismo no  fuere como mínimo de un año de residencia en el distrito -al cierre de la inscripción- deberá presentar documentación fehaciente (contrato de alquiler, servicio a su nombre, etc.) que avale dicha  residencia (se tomará igual criterio que en el Listado Oficial), certificada por autoridad competente.
· Fotocopia del título habilitante, registrado en la D.G.C. y E. o constancia de título en trámite (se tomará con el mismo criterio que para el Listado oficial), certificada por autoridad competente
· Fotocopias de todos los títulos y cursos bonificantes, registrados en la  D.G.C.Y E, certificada por autoridad competente
· La antigüedad y las calificaciones docente, consignadas deberán estar debidamente certificadas por la autoridad competente. El período mínimo para ser calificado debe ser de treinta (30) días continuos.
LISTADO 108 B:
Podrán acceder a este Listado, todos los aspirantes que no reúnen el requisito de título habilitante (Art. 57º inc. C del Estatuto del Docente).
La inscripción se realiza por un sólo distrito, en el cual se debe presentar toda la documentación y a través del cual  se solicitarán los demás distritos en otra planilla de Declaración Jurada.
Cabe aclarar que la condición de alumno regular es determinante para ser habilitado en Listado Complementario 108 B.
Documentación a presentar:
· Planilla de Declaración Jurada, 1 original y 2 copias (planillas de inscripción  que se utilizó de  Ingreso a la  Docencia).
· Fotocopia de DNI, anverso y reverso.  Si la fecha de emisión del mismo no  fuere como mínimo de un año de residencia en el distrito -al cierre de la inscripción- deberá presentar documentación fehaciente (contrato de alquiler, servicio a su nombre, etc.) que avale dicha  residencia (se tomará igual criterio que en el Listado Oficial), certificada por autoridad competente.
· Fotocopia del título secundario, registrado en la D.G.C. y E. Certificada por autoridad competente
· Fotocopia de todos los títulos  bonificantes, registrados en la D.G.C. y E. y debidamente certificados por autoridad competente (en este listado sólo se evalúan los títulos bonificantes, no los cursos).
· Constancia de título en Trámite o certificado de alumno regular actualizado al momento de la inscripción.
La constancia deberá ser certificada anualmente por el establecimiento, donde conste la regularidad del alumno, y que se especifique la actualización (porcentaje) de las últimas  materias aprobadas al momento de la inscripción.
En los casos de las universidades que no especifican el porcentaje de materias aprobadas, se deberá solicitar el certificado de materias del plan de estudio para que el tribunal descentralizado determine el mismo en forma manual.

· Toda la antigüedad docente consignada deberá estar debidamente certificada por la autoridad competente (en este listado sólo se evalúa el desempeño en la Dirección Docente a la que aspira ingresar).

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